viernes, 19 de noviembre de 2010

LO TEMPORAL ES PERMANENTE

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.Por Humberto Campodónico

Acaba de terminar la CADE y ya fuertes divergencias sobre los temas laborales se ponen en la primera página de la agenda. En efecto, existe controversia acerca de los impactos de la Ley 22342, que prevé un régimen laboral especial para las exportaciones no tradicionales –que viene desde Morales Bermúdez– y de la Ley de Promoción Agraria (Ley 27360), promulgada en la agonía del régimen fujimorista (fines de octubre del 2000).

Ambas leyes se aprobaron con carácter temporal pero, como muchas otras, ya se convirtieron en permanentes pues han sido prorrogadas varias veces. Estas leyes otorgan incentivos especiales a estos dos sectores, a los que otros no pueden acceder. Por tanto, desde el punto de vista liberal, existe “discriminación”, lo que no debería suceder.

Por nuestra parte, pensamos que si las leyes son temporales, es completamente normal que se haga una evaluación de su impacto para saber si deben proseguir, ser modificadas o eliminadas. Pero lo que sucede es que desde el punto de vista empresarial se plantea que deben proseguir, sí o sí, ya que de otra manera “se perderían empleos”.

De acuerdo al Programa Laboral para el Desarrollo (PLADES) “ambas leyes se caracterizan por establecer un régimen disminuido de derechos y beneficios sociales para los trabajadores y trabajadoras bajo ambas leyes. Esta situación ha generado que las condiciones laborales de los trabajadores de la exportación no tradicional muestren una altísima precariedad respecto de otros sectores laborales”.

Agregan que con la Ley 22342 las exportaciones no tradicionales pagan los salarios obreros más bajos del mercado (ver cuadro). Y, también, que las exportaciones no tradicionales ya han tenido un notable incremento, pasando de US$ 300 millones en 1978 a más de US$ 7,000 millones en el 2008.

La cuestión es, entonces, saber si ya algunas empresas han tenido un “despegue” que les permita adecuarse al régimen laboral común. ¿O es que siempre van a necesitar que se prolongue el régimen temporal. ¿Tan difícil es realizar un estudio sobre ese tema?

En cuanto a la “discriminación” que plantean los neoliberales, esa crítica es puramente teórica. En todos los países existen regímenes de incentivos para los sectores que se desea impulsar. Así, en el Perú, la minería tuvo un régimen especial para reinvertir utilidades libres de impuesto a la renta hasta en un 80% (que duró desde 1992 hasta el 2000). Y la minería e hidrocarburos siguen teniendo incentivos como la depreciación acelerada (20% anual en lugar de 5% anual), con lo que recuperan más rápidamente su inversión.

El tema de fondo en verdad radica en el planteamiento de que son las rigideces de las leyes laborales peruanas las que desincentivan la inversión y, por tanto, causan el desempleo. Por ello, estos regímenes especiales “son necesarios para eliminar los sobrecostos laborales y, así acercarse a las condiciones del libre mercado”.

Este argumento deja de lado que los salarios peruanos están entre los más bajos de la región y, sobre todo, que la cosa es al revés: el régimen laboral peruano es ampliamente desfavorable a los trabajadores, lo que se refleja en la disminución de la participación salarial en el PBI del 2002 al 2009, a pesar del boom del crecimiento económico.

La reciente presentación de Michael Porter en la CADE 2010 plantea que el país debe avanzar hacia un modelo competitivo, lo que implica incentivos particulares a los sectores que se desea impulsar (clusters, desarrollo tecnológico, entre otros) y que “hay una fuerte conexión entre el desarrollo económico y el desarrollo social. Mejorar la competitividad y reducir la pobreza requiere mejorar, simultáneamente, el contexto económico y el contexto social”. Todavía no se disipa el humo de Urubamba y vemos que “del dicho al hecho hay mucho trecho”. ¿O no?

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