sábado, 9 de julio de 2011

falacias sobre el salario minimo

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.Por Humberto Campodónico

En los últimos 5 años el salario mínimo fue aumentado en tres oportunidades: en enero del 2006 subió de 460 a 500 soles mensuales; en enero del 2008, subió a 550 soles mensuales y en febrero del 2011 subió a S/. 600/mes. En total, el salario mínimo ha aumentado en 30%, bastante menos que el PBI en el mismo periodo.

¿Pero cómo está el salario mínimo real, es decir, lo que los trabajadores reciben una vez descontada la inflación? Las estadísticas del Ministerio de Trabajo lo miden en relación a un año base (que han fijado en 1994=100) y éstas nos dicen que estaba en 249 en enero del 2006 y está ahora (a mayo del 2011) en 256. Por tanto, su aumento en términos reales no es de 30% sino de solo 2,8% (256/249).
Se podría decir, sin embargo, que si bien el salario mínimo casi no ha aumentado en estos últimos 5 años, eso sí podría haber sucedido en años anteriores. Pues no. De acuerdo a estadísticas del Ministerio de Trabajo (elaboradas por Julio Gamero), el salario mínimo ha caído de S/. 1400 en 1981 hasta los S/.600 en que está ahora (ver gráfico).

Este enorme deterioro se debió fundamentalmente a dos causas: 1) la hiperinflación de 1987 a 1991, originada en el primer gobierno de Alan García, cuando bajó hasta 400 soles mensuales y, 2) las leyes antiobreras de Fuijmori en el periodo 1992-94, que recortaron los derechos sindicales y permitieron la proliferación de las “services”, lo que hizo que el salario mínimo bajara hasta S/. 180/mes.

De allí en adelante el salario mínimo recuperó una parte de su poder adquisitivo anterior, llegando a S/.600/mes, cifra muy lejana a los S/.1400 de hace 30 años. Esa es la realidad de las cosas. Según Ipsos-Apoyo, un hogar del sector E de Lima gana S/. 730 mes (se considera que dos personas trabajan), lo que no le alcanza y necesitaría S/. 1350/mes para vivir, lo que no se cubre con los dos salarios mínimos actuales (1).

Además de lo señalado, los gobiernos no cumplen con la Ley 27711 y la Ley 28318 (ambas del 2004), que establecen aumentos del salario mínimo cada dos años, mediante una fórmula que toma en cuenta la productividad y la proyección de la inflación futura, la misma que es determinada por el Consejo Nacional del Trabajo.

¿Por qué? Simple y llanamente porque los gobiernos se zurran en los derechos de los trabajadores, lo que no sucede en Chile, Colombia, Brasil y Argentina –que tienen una institucionalidad similar– porque allí sí se cumplen las leyes laborales. Esta es la realidad.

La cuestión es que el aumento del salario mínimo tiene un efecto directo positivo sobre el aumento de la demanda interna, que es clave para el crecimiento económico. Lógico, con un salario tan bajo el nivel de demanda insatisfecha es enorme, motivo por el cual casi el 100% del aumento se destinará al consumo, lo que incluye la producción de las micro y pequeñas empresas.
De otro lado, tampoco es cierto que el aumento del salario mínimo constituye un “sobrecosto” laboral que impide la formalización. En efecto, el DL 1086 (Ley MYPE) que dado para la formalización (reduciendo vacaciones, sueldos y CTS) no ha surtido efecto pues ésta no ha aumentado: solo el 2,53% de las microempresas se acogió a esa ley (2). Lo que sí ha sucedido es que más trabajadores pierdan sus derechos

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