domingo, 17 de enero de 2010

QUE ES EL CAS ?

El Ministerio de Trabajo ha desarrollado una intensa campaña para que las empresas cumplan con los derechos laborales de los trabajadores. Esto nos parece bien, pero los inspectores de la ministra Manuela García se hacen de la vista gorda con el régimen laboral de Contratación Administrativa de Servicios, CAS, en el que se encuentran más de 80 mil servidores públicos. Un régimen injusto y discriminatorio y que los especialistas califican de ilegal e inconstitucional. El CAS es fruto de este gobierno que irónicamente se presenta –si nos atenemos a los discursos del presidente García– como defensor de los derechos de los trabajadores.

El CAS fue creado en junio de 2008 , vía el DL 1057 y bajo el sombrero de las facultades legislativas que el Congreso otorgó al Ejecutivo para legislar en materias vinculadas al TLC con los EEUU. El Ejecutivo lo metió de contrabando. Igual lo hizo con los decretos de la llamada Ley de la Selva que fueron derogados tras el ‘Baguazo’. El CAS, sin embargo, no siguió la misma suerte y se mantiene hasta ahora.

¿El presidente García estaba autorizado a emitir decretos que estaban al margen del mandato de las facultades legislativas? No, señalan quienes han estudiado la norma. El artículo 1ro. de la Constitución, recuerdan, establece que el Ejecutivo sólo puede legislar sobre lo encargado por el Legislativo. Son diversos los derechos que violenta esta norma.

Los más de 80 mil servidores del CAS sólo tienen derecho a 15 días de vacaciones: no reciben gratificaciones en Navidad ni en Fiestas Patrias, tampoco el bono de escolaridad, uniformes, la Compensación por Tiempo de Servicios, CTS. No tienen acceso al CAFAE y están vetados para acceder a becas o al pago de cursos de especialización en universidades o institutos, pago de horas extras y cuando van a los centros médicos de la seguridad social deben llevar sus contratos. Serán atendidos recién cuando se realicen las verificaciones del caso.

Son, irónicamente, para el Estado y este gobierno, ciudadanos de segunda clase. El despido o la resolución del contrato pende como una espada de Damocles y puede darse en cualquier momento, sin derecho a reclamo y sin ninguna explicación. El DL 1057 viola la Constitución al establecer un régimen discriminatorio entre trabajadores que cumplen similares funciones. Violenta –advierten los que han estudiado el dispositivo y su reglamentación– el principio de igualdad al que tienen derecho todos, y en este caso los trabajadores.

El 1057 está al margen de lo que mandan los decretos vinculados a las carreras administrativas y remuneraciones del sector público y a los de productividad y competitividad laboral. Una ilegalidad que se consuma cada día y frente a la cual el Ministerio de Trabajo se cruza de brazos. La situación es tan absurda y abusiva que el congresista Luis Negreiros, del APRA, ha pedido terminar con esta situación. “Tienen en sus hombros la mayor carga laboral, pero ganan menos, trabajan más, reciben 15 días de vacaciones y sus beneficios están restringidos”, ha dicho el legislador. ¿Qué hacer frente a esta injusticia que poco importa a los legisladores? Las organizaciones gremiales deben acudir al TC para exigir la derogatoria del DL 1057. Es inaceptable que un Estado democrático viole los derechos de los trabajadores. Al contrario, debe ser el primero en respetarlos. Mientras tanto, como nos dice un servidor público en su carta, habría que preguntarse, ¿cuál sería la reacción de los congresistas y ministros si en Navidad o en Fiestas Patrias solo recibieran una tarjeta de saludo

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