Por Germán Alarco Tosoni
Investigador principal CENTRUM Católica
La modificación del tratamiento a la inversión extranjera directa (IED) debe ser parte ineludible de la agenda económica mínima a ser acordada entre todos los partidos políticos del país. Las condiciones económicas actuales son diferentes a las de los años noventa. Hay que redistribuir mejor los resultados de su accionar. No se trata de establecer normas que la alejen; en cambio hay que examinar las experiencias de otros países. La ruta del consenso en esta materia garantiza mejores condiciones de negociación con el capital extranjero y resultados positivos para el país.
Entradas y salidas 1980-2008
En general toda IED genera efectos positivos por el lado del empleo, pagos directos a los trabajadores, compras de insumos y bienes de capital nacionales, contratación de servicios y efectos indirectos por las derramas económicas en las actividades, regiones y localidades donde actúa. Estos impactos son más o menos positivos dependiendo tanto de la relación capital/trabajo como de la magnitud de las articulaciones productivas con los otros sectores. Cuando hay reducidas interconexiones se reproducen las añejas condiciones de una economía de enclave. Hay contribuciones, mayores o menores, a la brecha de divisas, ahorro e ingresos fiscales dependiendo de las particularidades contractuales establecidas.
La contribución de la IED a las exportaciones es evidente, pero desde 2002 las utilidades anuales son mayores que la inversión recibida desde el exterior. Según el BCRP esta fue de US$ 8,346 millones en 2008, mientras que la inversión ascendió a sólo US$ 6,924 millones (US$ 2,981 millones la realmente nueva). Las utilidades observadas en 2008 permitirían la recuperación de toda la inversión acumulada entre 1980-2008 en 3.1 años y esta sería de 2.2 años respecto del acervo total de la IED reportado por Proinversión de US$ 17,953 millones. Entre 1980 y 2008 ingresó US$ 25,639 millones como nueva IED. Esa inversión y la realizada anteriormente generaron utilidades en el país por US$ 35,710 millones. El negocio ha sido provechoso y en el mediano plazo habría evidentes ganancias extraordinarias. Si se aplica el criterio financiero de garantizar una rentabilidad mínima a esta inversión a través de una tasa de descuento del 10%, toda la inversión realizada ya habría sido recuperada.
Reserva de sectores para nacionales
Con argumentos de origen histórico y práctico, muchos países establecen límites a la IED. En Brasil existen para la energía atómica y eléctrica, industria pesquera, propiedad u administración de periódicos y revistas, redes de radio y televisión, servicios de salud, transporte aéreo doméstico, servicios de correos y telégrafos, industria aeroespacial, transporte de carga por carretera, empresas financieras y de seguros, más derechos de propiedad en áreas rurales y cerca de las fronteras nacionales (hasta 150 KM). El transporte aéreo doméstico y el transporte marítimo de cabotaje (costero) son actividades exclusivas para los estadounidenses.
En el México de hoy, vanguardia de la IED, no solo se tienen actividades reservadas exclusivamente al Estado (como los hidrocarburos, energía atómica, correos y radiotelegrafía, minerales radioactivos, emisión de billetes, entre otras), sino que hay exclusión total a extranjeros en el transporte terrestre nacional, servicios de radiodifusión y televisión, instituciones de banca de desarrollo y la prestación de servicios profesionales y técnicos. Hay límites del 10, 25 y hasta 49% para extranjeros en actividades como el transporte aéreo nacional, instituciones de seguros, administradoras de fondos para el retiro, periódicos, fabricación de armamento y explosivos, sociedades que tengan propiedades agrícolas, ganaderas y forestales, pesca, administradoras portuarias integrales, entre otras.
Reciprocidad en el trato a la IED
Mientras que Proinversión del Perú se limita exclusivamente al registro de la inversión extranjera, al trámite y registro de los convenios de estabilidad jurídica, el gobierno chileno tiene que autorizar todas las IED. En un caso a través del Comité de Inversiones Extranjeras de Chile cuando exceden de un monto predeterminado, se realizan en actividades efectuadas por el Estado, en servicios públicos, medios de comunicación social o cuando se realicen por un Estado extranjero o una persona jurídica de derecho público. La autorización corresponde al nivel ejecutivo del Comité cuando se trata de las otras inversiones no previstas anteriormente.
Ningún país le da trato constitucional a la IED como el Perú, razón por la cual deben modificarse los artículos 62 y 63 de nuestra Constitución Política, así como los Decretos Legislativos 662 y 757 de 1991. Es imprescindible elevar los requerimientos para establecer los Convenios de Estabilidad Jurídica asociándolos a la internación e inversión efectiva de dichos recursos en el país. La propiedad de la Nación de los recursos en el subsuelo no renovables exige modificar significativamente las normas sobre regalías mineras y para hidrocarburos, de forma que nos hagamos partícipes de la renta económica por los mayores precios internacionales, garantizando un rendimiento razonable al inversionista. Para las otras actividades es necesario elevar las tasas del impuesto a la renta, por ejemplo del 30 al 35% como en EEUU. No hay que ideologizar el tema de la IED. Es imprescindible mejorar la distribución de sus resultados. La globalización no debe ignorar a los nacionales y la base del trato debe ser la reciprocidad. Las relaciones de la IED con las comunidades y el ambiente son temas para otro artículo.
domingo, 7 de marzo de 2010
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