domingo, 20 de diciembre de 2009

Publicidad engañosa

El Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi) informó ayer que hizo una revisión de los catálogos de venta de los distintos establecimientos comerciales y comprobó que algunos no cumplen las normas de protección al consumidor, que los obligan a informar de manera clara sobre las condiciones y restricciones de los créditos que ofrecen.

“La publicidad de estas ofertas debe incluir: precio del producto, cuota inicial, monto total de los intereses, tasa de interés efectiva anual y detalle de cualquier cargo adicional. Además, debe precisar el número de cuotas o pagos a realizar. En algunos casos ello no se cumple”, sostuvo el organismo en un informe.

Citó el caso del catálogo de Ripley, en el que, de 92 productos ofrecidos al crédito, 89 presentaban diferencias en lo que se refiere al monto de intereses a pagar y la tasa de interés. Asimismo, de 144 ofertas del encarte de La Curacao, 129 mostraban las mismas diferencias. “Es decir, ambas tiendas incluyeron en sus catálogos publicitarios información que representaría un cobro mayor a los consumidores que compren dichos productos al crédito”, informó Indecopi, al sostener que ha iniciado las investigaciones del caso para determinar la responsabilidad de las empresas en estas faltas.

Indecopi reiteró que, en el caso del usuario que compre a crédito y busque cancelar el monto de su deuda antes de los plazos pactados en el contrato de venta, la empresa tiene la obligación de revaluar la deuda en función de los intereses compensatorios al momento del prepago. Además, la reevaluación no debe generar ningún gasto adicional para el usuario.

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